QUIENES SOMOS
ORDEN EDU/987/2012, de 14 de noviembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de los equipos de orientación educativa de la Comunidad de Castilla y León.
Los equipos de orientación educativa de carácter general y de carácter específico estarán compuestos por profesorado de enseñanza secundaria, de la especialidad de orientación educativa, y por profesorado técnico de formación profesional de la especialidad de servicios a la comunidad. En el caso de los equipos de atención temprana también podrán formar parte de estos maestros de la especialidad de audición y lenguaje.
Los equipos de orientación educativa de la Comunidad de Castilla y León se estructuran en:
A- Equipos de orientación educativa de carácter general, que serán los siguientes:
1.º Equipos de orientación educativa y psicopedagógica.
2.º Equipos de atención temprana.
B-Equipos de orientación educativa de carácter específico, cuya actuación se centra en el alumnado con una determinada discapacidad o trastorno, que serán los siguientes:
1.º Equipos de orientación educativa específicos para la discapacidad motora.
2.º Equipos de orientación educativa específicos para la discapacidad auditiva.
C-Equipos de orientación educativa de carácter especializado, delimitados por determinadas necesidades educativas específicas de apoyo educativo, teniendo entre sus características diferenciadoras el asesoramiento y la intervención directa con alumnos a través de programas concretos, que serán los siguientes:
1.º Equipos de atención al alumnado con altas capacidades intelectuales.
2.º Equipos de atención al alumnado con trastornos de conducta.
DECRETO 5/2018, de 8 de marzo que se establece el Modelo de Orientación educativa, vocacional y profesional de la Comunidad de Castilla y León.
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